Causas y orígenes de la tercerización
laboral
25 de abril de 2013
25 de abril de 2013
Por Mariano Treacy*
¿Qué es y qué formas adopta?
La tercerización es definida por el Centro de Estudios
Legales y Sociales (CELS) como “toda forma de contratación de fuerza de trabajo
mediada por terceras empresas o por la exclusión o degradación del vínculo del
contrato de trabajo en las que siempre se encuentra presente el ejercicio del
poder de organización, dirección y fijación de sus condiciones por parte de la
empresa para la que, en definitiva, dicha fuerza de trabajo se presta o apropia
su plusvalor”. Como norma, los trabajadores tercerizados se ven sometidos a
niveles inferiores de estabilidad, de salarios y de representatividad sindical
respecto de aquellos a los que acceden los trabajadores contratados de forma
directa por las empresas.
Esta forma de contratación forma parte de un conjunto más
amplio que afecta de manera negativa las condiciones laborales: la precarización
laboral, una extendida vulneración de derechos laborales tales como la
estabilidad, igual remuneración por igual tarea, la igualdad de género en el
ámbito laboral, los beneficios y prestaciones sociales y la duración e
intensidad de la jornada de trabajo. En el plano jurídico la tercerización
adopta la forma de contratos de locación de obra o servicios, trabajo eventual,
trabajo independiente (autónomos por cuenta propia), entre otras.
¿Cuándo surge?
El proceso de tercerización surge en la Argentina a través de
la modificación de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, durante la última
dictadura militar, y se expande definitivamente en la década de 1990 con los
procesos de privatización y reformas estructurales. Este fenómeno, como señala
de María Alejandra Esponda en su trabajo “Tercerización: aportes para un
estudio de sus orígenes, formas de conceptualización e impactos en América
Latina”, tiene sus orígenes en la necesidad de lograr incrementos en la
productividad que llevaron a ponerle fin al tipo de producción fordista e
implementar el toyotismo en Japón en la década de 1950. Dos
décadas más tarde llegó ala Argentina a través de la oleada mundial de reformas
de los marcos regulatorios, en un contexto donde las grandes empresas
transnacionales emprendieron estrategias de relocalización geográfica y
descentralización de sus actividades productivas.
Para recomponer la tasa de ganancia en un contexto de
creciente competencia, el capital emprendió su transnacionalización
fraccionando el proceso productivo para poder aprovecharse de las ventajas de
localización provistas por los distintos espacios nacionales y por esta vía
minimizar los costos de producción. Fragmentos del proceso productivo antes
integrados en establecimientos fabriles en los países de origen se
relocalizaron hacia la periferia aprovechando las diferencias sustanciales de
costo laboral y otras ventajas de locación, como los niveles de organización
sindical y las regulaciones estatales. Asimismo, se tercerizaron una gran
porción de las actividades que anteriormente se encontraban integradas
verticalmente en la misma corporación, flexibilizando así las modalidades de
contratación.
¿Por qué?
Con el avance del modo de acumulación neoliberal, se instaló
en la periferia un modelo productivo orientado a las exportaciones que relegó a
un segundo plano el mercado interno y las condiciones de reproducción de la
clase trabajadora local. De este modo, la tercerización se dio como parte de la
ofensiva mundial del capital contra el trabajo y se implementó junto a otras
medidas tendientes a la desarticulación de los sindicatos y a la
flexibilización de los procesos productivos y del universo laboral. El
establecimiento de marcos jurídicos para llevar a cabo la tercerización les
permitió a las empresas reducir los costos laborales y las “rigideces” que
implica una relación laboral estable y regulada, mientras que en los
trabajadores produjo un efecto de fragmentación que rompió los lazos de
solidaridad existentes creando universos heterogéneos al interior del mercado
de trabajo que dificultaron su organización.
¿Quién se beneficia y quién se perjudica?
Los sectores económicos más proclives a utilizar estas
modalidades son aquellos donde se realizan actividades “secundarias” o
“accesorias” como la producción de partes y componentes, la distribución y
comercialización, la limpieza, vigilancia, transporte, los call centers, la
gestión de comedores, entre otros. La tercerización permite contratar mano de
obra a un costo menor que el del personal efectivo y traslada gran parte de la
responsabilidad desde la empresa que usufructúa el uso de la mano de obra a la
empresa que la
contrata. Esta empresa contratante pertenece generalmente a
otra rama y fija sus salarios y condiciones laborales con convenios que (cuando
existen) usualmente permiten establecer menores niveles salariales y peores
condiciones de trabajo. En los casos de “tercerización fraudulenta”, esta
empresa contratante pertenece a la misma que utiliza la mano de obra o a los
sindicatos que defienden a los trabajadores “permanentes” o “directos”.
Tercerizaciones hoy
El crimen de Mariano Ferreyra obedece entonces a la triple
complicidad entre una parte del sindicalismo argentino, las empresas
responsables de las contrataciones precarias y el Estado, que mantiene vigente
y usufructúa una ley promulgada en la dictadura. En esta complicidad existen grupos de
tareas del bloque sindical que, vinculados con las empresas contratistas,
ofician de “disciplinadores” de los trabajadores que pelean contra las
tercerizaciones. Actualmente en nuestro país este tipo de contratación se
encuentra muy extendida, por lo que si bien desde2002 ala fecha se generaron
más de 4,5 millones de puestos de trabajo, no es accesorio preguntarse en qué
condiciones de contratación surgieron y sobre todo, si no llegó la hora de
ponerlas en debate.
*El autor
pertenece al colectivo de economistas integrantes del programa de radio
LlevaloPuesto de FM La Tribu 88.7
Fuente: http://www.marcha.org.ar/causas-y-origenes-de-la-tercerizacion-laboral
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